Políticas lingüísticas y glotopolítica

Políticas del nombre. Discursos y debates en torno al nombre a partir de la Asamblea Constituyente de la Provincia del Chaco de 1957-1958

Autora: Jaina Pajor

Pertenencia institucional: IIGHI-CONICET

Hacia marzo de 1958, en el marco de un gobierno dictatorial, se publicaba la segunda constitución de la historia de la actual provincia del Chaco luego de varios meses de debates de una Asamblea Constituyente Provincial. Esta constitución llenó el vacío legal originado a partir de la derogación de la antigua constitución de la provincia Presidente Perón en septiembre de 1955.

            Además de configurar un nuevo marco legal, el texto constitucional tuvo el efecto de cerrar una discusión que circulaba tanto en los debates de la propia asamblea, en la prensa local y hasta en las esferas gubernamentales nacionales: el nombre que debía tener la provincia. Es posible distinguir dos formas que adquirieron estos debates: 1) debates que ponían en relación el nombre “Chaco” y el nombre “Presidente Perón” y 2) debates que ponían en relación el sintagma “Provincia de Chaco” y el sintagma “Provincia del Chaco”.

            1) Cuando la primera Convención Constituyente Provincial resolvió, en 1951, nombrar al estado como “Presidente Perón”, sectores antiperonistas denunciaron esa denominación como un acto de “traición a la patria” que desconocía el “nombre auténtico” de “Chaco” y con ello la “tradición y la historia” del territorio. Esta discusión reapareció (con el peronismo proscripto y sectores antiperonistas ocupando cargos públicos) luego del decreto del gobierno de la autodenominada “Revolución Libertadora” que derogó tanto la primera constitución como el primer nombre de la provincia.

            2) A partir del decreto-ley de septiembre de 1955 que dispuso el nombre “Provincia de Chaco”, se abrió una discusión sobre si la forma correcta de llamar al estado era “Provincia de Chaco” o “Provincia del Chaco”. Sectores intelectuales que publicaban en la prensa local defendían esta última forma frente a la propuesta del gobierno militar nacional. De este debate también participó la Academia Argentina de Letras apoyando la posición de los intelectuales locales.

             La constitución provincial de 1958 funciona en esta coyuntura, por lo tanto, como una herramienta estatal de una política del lenguaje ya que, aunque no regula el uso público de una lengua o una variedad, reglamenta prácticas discursivas (Bein, 2021) al determinar una forma correcta de referirse a la provincia.

Esta ponencia busca aproximarse a este proceso político mediante una problematización (Aguilar, 2014; Foucault, 2008; Revel, 2008) del sintagma “Provincia del Chaco” que muestre la pluralidad de discursos sobre el nombre que se encontraban en tensión en los años 1955-1958 y que el texto constitucional clausuró al fijar exitosamente una denominación.

Se presentan dos series organizadas sobre las dos formas de discusión descritas con anterioridad, compuestas por materiales textuales provenientes de publicaciones diversas del período 1955-1958 como la prensa chaqueña, la versión taquigráfica de los debates de la convención provincial constituyente de 1956-1958, decretos-ley emitidos por el gobierno nacional y un boletín de la Academia Argentina de Letras.

Palabras clave: políticas del lenguaje, Chaco, asamblea constituyente provincial, nombre, problematización.

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